CAPRES podrá conceder a los asociados que tengan una antigüedad superior a seis (6) meses las siguientes clases de préstamos:
Se refiere a aquellos préstamos que el asociado puede pagar, descontado por nómina en un máximo de doce (12) cuotas al 8% de interés anual, además podrá incluir una cuota especial a ser descontada de los aguinaldos.
Son aquellos préstamos que el asociado puede pagar, descontado por nómina en un máximo de venticuatro (24) cuotas al 10% de interés anual, además podrá incluir hasta dos (02) cuotas especiales a ser descontadas de los aguinaldos.
Son aquellos préstamos que el asociado puede pagar, descontado por nómina, en un máximo de treinta y seis (36) cuotas al 12% de interés anual, además podrá incluir hasta tres (03) cuotas especiales a ser descontadas de los aguinaldos.
El monto máximo deberá ser el 80% de los haberes que mantenga el Asociado en CAPRES, una vez deducido el monto afianzado y la reserva legal la cual es del 20% de los haberes.
Si el asociado tiene un préstamo y desea otro préstamo del mismo tipo deberá cumplir con lo siguiente:
Si el asociado solicita un préstamo mayor a su disponibilidad de haberes en CAPRES, deberá presentar fianza de uno hasta tres asociados, que mantengan disponibilidad suficiente para responder por el monto afianzado.
Carta de exposición de motivo y soportes que justifiquen la urgencia.
Fotocopia de la cedula de identidad de los fiadores.
Fotocopia de recibo de pago reciente de la 2da. Quincena de los fiadores.
No aplican prestamos afianzados, solo podran solicitar prestamos por el monto maximo disponible de sus haberes.
NOTA: El número máximo de fiadores deberá ser de (4) cuatro asociados por solicitante